El término Compliance hace referencia a un cumplimiento normativo, y consiste en un protocolo de gestión empresarial que busca prevenir que se incumplan las leyes y códigos internos de una empresa. Pero, además, el Compliance también tiene como objetivo sancionar a quien no respete los procedimientos. Como expertos en Derecho Mercantil y Societario, te lo detallamos en este artículo.
El Compliance penal, en general, incluye tres vertientes diferenciadas: delincuencia económica -de personas físicas o jurídicas, el propio protocolo de Compliance y la labor del Compliance officer, responsable de que se cumple el programa de Compliance. Y la razón de ser del Compliance es que sean las propias sociedades mercantiles, y no el Estado, quien vigilen que en su seno no se vulneren las normas establecidas.
Responsabilidad de personas jurídicas y físicas
Una persona jurídica puede ser condenada penalmente, y pero la persona física que ha cometido la infracción también -si se dan determinados requisitos-. No obstante, teniendo la empresa integrado un programa de Compliances, la persona jurídica quedaría exenta de responsabilidades. Siempre que se demuestre, lo que a menudo no es fácil, que los protocolos se han ejecutado fielmente.
Los estudios al respecto aseguran que, implementando un correcto programa de Compliance, pueden prevenirse de forma más ágil y eficaz los delitos susceptibles de cometerse en un negocio.
Contenido del programa de Compliance
Esta es la clave de la cuestión que estamos analizando. Porque no es válido cualquier contenido. Para que sea correcto, un programa de Compliance debe contener los siguientes elementos:
- Código ético: Con todos los protocolos y un manual de procedimientos. Sin olvidar especificar los criterios ante un posible delito.
- Análisis de riesgo: Detallar en qué tipo de actividades puede haber delitos.
- Estructura organizativa: Con los responsables del propio programa de Compliance.
- Normas generales: en cuanto a publicidad, al uso de los bienes de la compañía, a los proveedores, etc.
- Auditorías: Se deben establecer unas pautas de control que permitan comprobar si son eficaces o no las medidas que engloba el programa. Así como valorar posibles mejoras.
En lo que se refiere al propio contenido, un sistema de Compliance puede responder no solo a la prevención de delitos. Sino también a que se respete la ley en esferas tan importantes como la protección de datos o la salud de los empleados. También es esencial aquí destacar la prevención del blanqueo de dinero, otra de las grandes metas del Compliance. Paralelamente, después cada empresa puede incorporar normas más específicas conforme a la industria a la que se dedique.
Antecedentes del Compliance
El Compliance no es una novedad en el Derecho. Antes que en España, ha experimentado una gran evolución en otros países y continentes. Nació en el sector de la electricidad, extendiéndose más tarde al mercado de valores. Y de ahí pasó a implantarse en los contratos públicos y en las entidades bancarias, sobre todo.
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