Si eres empresario, estás en el blog correcto. Porque al acercase la fecha límite del pago del Impuesto de Sociedades -el próximo 25 de julio-, hoy vamos a repasar algunos de sus conceptos claves. Su finalidad no es otra que gravar la renta de las personas jurídicas, tal y como lo contempla la legislación fiscal vigente. Veamos cómo afecta a las empresas, quién está obligado a presentarlo y de qué forma debemos liquidarlo. El Impuesto de Sociedades, todo lo que tienes que saber en un solo post.
Qué es el Impuesto de Sociedades
Se trata de un impuesto personal y directo. Se aplica sobre los beneficios de las sociedades y otras entidades jurídicas en un período impositivo, normalmente de un año natural. Está destinado a personas juríficas con domicilio en territorio español. Y afecta a todas las sociedades civiles con objeto mercantil -también a asociaciones y fundaciones-. El Impuesto de Sociedades (IS) sería el equivalente del IRPF para las empresas, ya que este grava las rentas obtenidas por personas físicas.
A la hora de abonarlo, lo caracteriza el llamado “devengo periódico”, ya que durante el año se van estableciendo fechas de liquidación con la Agencia Tributaria.
¿A qué entidades afecta?
Entidades con personalidad jurídica propia, como son las sociedades anónimas, sociedades unipersonales, sociedades limitadas, fundaciones, entes públicos o cooperativas y agrarias, por citar las más importantes. Pero también afecta a entidades sin personalidad jurídica propia, como los fondos de inversión, fondos de pensiones o uniones temporales de empresas. Todas ellas están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades. Con que simplemente tengan el domicilio social en España y su constitución se hiciese en base a las normas legales españolas, ya son objeto del pago de este tributo.
¿Cuál son los tipos impositivos del IS en 2018?
El tipo impositivo general en todo el territorio español tiene un valor es del 25% desde 2016 -antes era el 30%-.
Quiénes pagan menos en el Impuesto de Sociedades
Existen tipos reducidos del 15% para nuevos emprendedores con una validez de dos años. Pero cuidado, ¡las sociedades patrimoniales quedan excluidas! Para beneficiarte de esta medida es necesario que estés iniciando alguna actividad económica. Y se aplicaría en el primer período impositivo en que la base imponible sea positiva, como en el segundo período. La razón es porque la mayoría de empresas no tienen beneficios desde el principio.
También existe otro tipo reducido del 20%, que se aplica a sociedades cooperativas que estén fiscalmente protegidas. La excepción es para los beneficios extra cooperativos, que tributan al 25%. Pero hay más deducciones, como es en el caso de asociaciones y fundaciones, que tributan al 10%. Para obtener dicho descuento deben ser declaradas de utilidad pública, o estar inscritas en el registro correspondiente.
Paralelamente, existe un tipo súper reducido del 1%. Este es para sociedades de inversión de capital variable, sociedades de inversión inmobiliaria y fondos de inversión de carácter financiero o fondos de inversión inmobiliaria.
¿Cómo se calcula el Impuesto de sociedades?
La base de tributación del IS es la propia contabilidad de la empresa. La renta sobre la que se tributa se calcula por el resultado contable de la sociedad, al cual se aplican una serie de ajustes. Tanto positivos como negativos (que ya están previstos por la Ley y el Reglamento de Impuesto). Estos ajustes corrigen el resultado obtenido y para que se tribute lo que el legislador considere que la sociedad ha obtenido de riqueza en ese período. En otras palabras, y al fin y al cabo, el resultado contable equivale a la diferencia entre los ingresos y los gastos que se hayan obtenido en el ejercicio objeto de tributo.
¿Cómo se paga el Impuesto de sociedades?
Para cumplir con esta obligación tributaria se debe presentar la declaración antes del 25 de julio. O bien mediante adeudo en cuenta cuando se realiza la presentación, o domiciliación bancaria. En este último escenario, el IS debe ser presentado antes del 20 de julio. Para presentar el Impuesto de Sociedades hay que rellenar el modelo 200 y se ha de tramitar, obligatoriamente, por Internet.
Cómo fraccionar el IS
La ley permite fraccionar los pagos para aliviar la economía de la sociedad. De este modo, quienes se acojan a esta modalidad fraccionaria deberán abonar el impuesto en tres plazos. En abril, octubre y diciembre. Para ello, se ha de rellenar el modelo 202, el cual se presentará si se ha obtenido un resultado positivo. No obstante, existe otro modelo, el 220. Un formulario para este impuesto que se aplica a los grupos de sociedades.
En 2018 el Impuesto de Sociedades no ha sufrido apenas cambios en su regulación -en relación a años anteriores-. Sin embargo, sigue siendo un quebradero de cabeza para muchos empresarios. Por ese motivo es clave que si eres empresario estés bien asesorado por profesionales. Recuerda que, para la Agencia Tributaria, cualquier error es susceptible de una considerable multa. Esto es el Impuesto de Sociedades, todo lo que tienes que saber, explicado de forma clara y precisa. No obstante, ante cualquier duda, no te la juegues.
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