La siniestralidad en las carreteras es uno de los grandes problemas sociales más endémicos. Según datos de 2019 de la DGT, al cierre del año pasado se habían producido 1.098 muertes por accidentes de tráfico. Se trata de un mínimo histórico, pero aún así muy lejos de la cifra ideal que debería ser 0. Pero, además de los tristemente fallecidos, hay muchas personas a quienes el accidente ha dejado secuelas graves. Y merecen, habitualmente, indemnizaciones por ello. En estos casos, merece la pena luchar por una cuantía que no sea meramente simbólica -o más reducida de lo que esperaríamos-, lo que es posible si se reclama legalmente.
3 fallecidos diarios. Esa es la estadística de 2019. Las vías interurbanas siguen siendo donde más víctimas mortales se registran, un 73% del total. Pero es en ese tipo de carreteras donde, también, hubo el año pasado 4.395 heridos que requirieron de ingreso hospitalario. Más de cuatro millares de personas de las que, quizá, muchas no lucharon por una justa indemnización. Si es tu caso, has de saber que un abogado especializado en accidentes de tráfico te podrá informar sobre la suma que puedes llegar a conseguir.
Los hombres y mujeres que pierden la vida al volante son, sobre todo, personas de entre 45 a 54 años. Curiosamente, los fallecidos entre 15 y 24 años solo suponen el 10% de la cantidad global. Pero recordemos otra vez a esos otros conductores (o peatones), de cualquier edad, que sufren una experiencia de este tipo y su estado de salud queda seriamente perjudicado. Pero, ¿cómo se puede reclamar hoy en día por haber sido víctima de un accidente de tráfico?
Reclamación accidente de tráfico
El sistema de este procedimiento ha cambiado, porque hasta 2016 la indemnización por este motivo se gestionaba mediante un juicio de faltas. Y era el juez de Instrucción quien determinaba el importe por si se daba el caso de no alcanzar un acuerdo previo con la aseguradora. Sin embargo, desde hace ahora cuatro años, las reclamaciones por vía penal han quedado reservadas a los incidentes más graves, como por ejemplo un fallecimiento en accidente de tráfico o una lesión grave. Aunque también se añaden aquí delitos como conducir bebido o bajo los efectos de las drogas, con algunas excepciones.
Para el resto de supuestos, la ley obliga a interponer una reclamación extrajudicial previa a la compañía aseguradora. Esta ha de realizar una oferta -en un plazo aproximado de tres meses -que podemos aceptar. Si no lo hacemos, se puede promover una mediación o acudir a los juzgados civiles para reclamar.
Ejemplos de indemnizaciones
Los máximos montantes que se pueden conseguir están estipulados, siendo de hasta 90.000 € si la consecuencia del accidente de tráfico es la pérdida total de visión o la amputación/desarticulación del hombro. Y de hasta 95.000 € si ocurre lo mismo en una pierna. Tras otras cifras intermedias, también existen indemnizaciones menores. Como la que da derecho a percibir hasta 8.000 € si hay limitación de la movilidad de la muñeca o una artrosis postraumática. Estas son solo algunas muestras de los valores que se pueden llegar a cobrar, aunque solo un letrado experto en esta clase de accidentalidad lo suele lograr.
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